jueves, 31 de marzo de 2011

UGT fuerza a que la Administración posponga la reforma de clases pasivas

A la vista de las reuniones iniciales mantenidas en el marco del proceso de negociación de adaptación de la legislación de clases pasivas, y gracias a la postura de fuerza mantenida por las organizaciones sindicales, la Administración se ha visto obligada a aplazar la reforma de las clases pasivas. Analizado el documento presentado por la Administración, la FSP-UGT ha mostrado su disconformidad y rechazo a las propuestas formuladas y ha exigido que se respeten las singularidades del régimen de clases pasivas que se diferencia en aspectos sustanciales al de seguridad social. Os mantendremos informados de la novedades que se vayan produciendo.
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lunes, 28 de marzo de 2011

Publicada la reforma de la LEC

En el BOE del pasado viernes 25 de marzo se publicó una nueva reforma de la ley de enjuiciamiento civil que entrará en vigor a los 20 días de su publicación y entre la que destacan principalmente las siguientes novedades:

  • No será necesario utilizar abogado y procurador en los juicios verbales que no excedan de 2000 € ni en la petición inicial de los procesos monitorios.

  • Las demandas de juicio verbal con cuantía no superior a 2000 € se podrán presentar por los impresos normalizados.

  • Para la ejecución derivada de monitorios en que no haya habido oposición, se requerirá la intervención de abogado y procurador siempre que la cantidad por la que se despache ejecución sea superior a 2.000 euros.

  • En el proceso monitorio, si, tras la realización de las correspondientes averiguaciones por el secretario Judicial sobre el domicilio o residencia, éstas son infructuosas o el deudor es localizado en otro partido judicial, el juez dictará auto dando por terminado el proceso.

  • En la admisión de los monitorios, Si de la documentación aportada con la petición se desprende que la cantidad reclamada no es correcta, el secretario judicial dará traslado al juez, quien, en su caso, mediante auto podrá plantear al peticionario aceptar o rechazar una propuesta de requerimiento de pago por el importe inferior al inicialmente solicitado que especifique. En la propuesta, se deberá informar al peticionario de que, si en un plazo no superior a diez días no envía la respuesta o la misma es de rechazo, se le tendrá por desistido

  • Se da plena entrada en nuestro ordenamiento al “proceso monitorio europeo” (Reglamento (CE) n.º 1896/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006) otorgando a los Juzgado de Primera Instancia, de forma exclusiva y excluyente, el conocimiento de este proceso monitorio europeo, que deberá tramitarse conforme a los modelos uniformes aprobados en la UE y teniendo el demandado un plazo de oposición de 30 días.

  • Se otorga al Juzgado de Primera Instancia o de lo Mercantil, el conocimiento en primera instancia del proceso europeo de escasa cuantía, regulado en el Reglamento (CE) n.º 861/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007

Más trabajo, para el mismo personal. Así no se reforma la justicia, sólo se colapsa aún más.


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viernes, 25 de marzo de 2011

Partidas Acción social


miércoles, 23 de marzo de 2011

NO A LA CONGELACIÓN SALARIAL

Mañana 24 de marzo, coincidiendo con la celebración de la cumbre europea que debe acordar un pacto para el euro (cuyo principal objetivo sigue siendo la congelación de salarios en la eurozona), se celebrarán en toda España concentraciones ante las delegaciones del Gobierno.

En Palma se partirá de la sede de UGT a las 10:00 para asistir a la concentración ante la Delegación del Gobierno en Illes Balears, convocada a las 10,30 de la mañana

La batalla en defensa de nuestros derechos como trabajadores es una lucha permanente en la que no debemos bajar los brazos.

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lunes, 21 de marzo de 2011

Reformas mercantiles

El Consejo de Ministros aprobo el proyecto de Ley de reforma concursal (ahora debe ser tramitado en el congreso). Entre los aspectos más relevantes de las reformas propuestas figuran:
- Establecimiento de alternativas al concurso.
- Desarrollo del procedimiento abreviado o simplificado.
- La administración concursal.
- Las reformas en materia laboral.


Alternativas al concurso

El Proyecto presta especial atención a las soluciones preconcursales como mecanismos alternativos que faciliten eludir la necesidad de ir a concurso, y ofrece una salida a la situación de insolvencia del deudor, lo que permitirá descongestionar los juzgados de lo mercantil.

Los objetivos que se persiguen pasan por:

a) Facilitar tanto las propuestas anticipadas de convenio como la conclusión de acuerdos de refinanciación de deuda entre el deudor y algunos de sus principales acreedores, dotándoles de seguridad y garantía en un eventual procedimiento concursal.

b) Impulsar los acuerdos extrajudiciales de refinanciación que permitirían, sobre la base de la continuidad de la actividad, maximizar el valor del patrimonio del deudor común, incrementando las posibilidades de que incluso los acreedores no intervinientes en el acuerdo puedan satisfacer en mayor medida sus créditos.

Para ello, por un lado, se aclara la exclusiva legitimación de la administración concursal para impugnar acuerdos de refinanciación; y, por otro, se hace una nueva regulación sobre los acuerdos de este tipo que pueden homologarse ante el juez. Esta homologación judicial permite extender los efectos del acuerdo a otros acreedores, aunque se hubieran mostrado en contra o no hubieran participado en el acuerdo. Para ello ha de tratarse de acuerdos dirigidos a asegurar la continuidad de la actividad empresarial, según la certificación de un experto independiente.

Además, los acreedores que soliciten la homologación del acuerdo deberán ser entidades de crédito titulares, al menos, del 75 por 100 de la deuda titularidad de entidades financieras. Si concurren esas mayorías y no suponen un sacrificio desproporcionado para el resto de entidades de crédito acreedoras, el juez lo homologará siempre con el objetivo de facilitar la viabilidad de la sociedad. Con esta reforma se potencia el crédito a las empresas que lo necesitan en estos momentos.

En línea con estos instrumentos preconcursales se introduce por primera vez la regulación del llamado "dinero fresco" que los acreedores inyectan a las empresas en dificultades en el marco de un acuerdo de refinanciación. La nueva norma establece que el 50 por 100 de ese dinero nuevo que llega a la empresa gracias al acuerdo de refinanciación, y que supone nuevos ingresos de tesorería para la misma, tiene la consideración de crédito contra la masa (prioridad de cobro), lo que supone la mayor garantía para las entidades financieras que concedan nuevos créditos para reflotar la empresa, y un elemento más en la evaluación de la concesión de crédito.


Procedimiento abreviado o simplificado

Con el fin de reducir tiempos y costes del proceso concursal, se prevé que el juez podrá aplicar el procedimiento abreviado cuando considere que el concurso reviste escasa complejidad, atendiendo a que una serie de datos objetivos y sin perjuicio de la posible valoración individual que en cada caso pueda hacer; también en otros casos como cuando el deudor presente una propuesta anticipada de convenio, de transmisión de la empresa o cese de la actividad sin trabajadores a su cargo.


La administración concursal

Se avanza también en la profesionalización de la administración concursal, tanto por la vía de los requisitos de la responsabilidad, como de la capacitación de los mismos. En la reforma se considera la administración como una pieza clave en la asistencia judicial que puede ayudar a la descongestión de los juzgados mercantiles y reservar a sus titulares las funciones que constitucionalmente le corresponden.

Por ello, en la nueva Ley los administradores tienen la capacidad para subsanar los errores del listado de acreedores, lo que reducirá, en gran medida, las demandas de incidentes concursales, principal causa de retraso en los procedimientos.

Se potencia el nombramiento en cualquier concurso, sea ordinario o abreviado, de los auxiliares delegados y se introduce la posibilidad de que la administración concursal sea desarrollada por una persona jurídica, figura que podría denominarse como "sociedad de administración concursal".


Las reformas en materia laboral

La reforma de la Ley Concursal también pretende mejorar la posición de los trabajadores en los concursos e incorporar las modificaciones de la reciente reforma laboral aprobada por la Ley de 17 de septiembre de 2010, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo. Se garantiza el respeto de los derechos de los trabajadores afectados por la situación de una empresa en crisis, adaptando la Ley Concursal para que la declaración del concurso tenga en este sentido el menor impacto posible y reiterando el principio esencial de que las cuestiones laborales sometidas al proceso concursal deben tener en cuenta los principios inspiradores de la rama social del Derecho.

De este modo, se resuelven las dudas interpretativas suscitadas en orden a la participación de los representantes de los trabajadores, del FOGASA y las relativas a los procedimientos y recursos en materia laboral.a descongersionar los juzgados de lo mercantil:

domingo, 20 de marzo de 2011

Estadística Justicia 2010

Según el estudio 'La Justicia dato a dato', que será publicado el próximo mes de mayo, la Administración registro un 1% menos de causas en 2010 que en 2009 pero se dictaron casi un 4% más de sentencias.

Evidentemente el CGPJ vuelve a centrarse en el numero de sentencias dictadas como si los procedimientos se terminasen con estas, sin destacar como se debería el indecente número de ejecuciones pendientes.



Por jurisdicciones y siguiendo el orden de mayor a menor número de asuntos:

  • la Penal registró el mayor número de asuntos ingresados con 6.673.484 (un 1% menos que el año anterior) y de sentencias con 735.364 (+1,1%).
  • los juzgados de lo Civil, con 2.049.416 asuntos (+1,2%) y 502.162 resoluciones (+8,1%);
  • los de lo Social con 453.623 (-6,3%) y 258.337 (+3,9%), respectivamente;
  • y los de lo Contencioso-Administrativo con 287.572 asuntos ingresados (-9,3%) y 190.353 sentencias (+4,2%).

Los órdenes jurisdiccionales en los que ingresaron un menor número de asuntos fueron el Militar y las Salas Especiales del Tribunal Supremo, que se quedaron con 245 (-8,1%) y 33 (-45,7%) asuntos ingresados, respectivamente. De igual forma, los juzgados militares dictaron 199 sentencias (-4,9%) y las salas del alto tribunal 11 (-21,6% )

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Acción social

El Ministerio ha convocado a los 4 sindicatos representativos para el proximo 24 de Marzo con el fin de elaborar las bases de la acción social para el 2011 por lo que en breve sabremos ya que partidas presupuestarias se manejan para este año.

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sábado, 19 de marzo de 2011

Apertura bolsas de interinos de baleares

La Gerencia Territorial ha comunicado formalmente la apertura de las bolsas de interinos de baleares (todos los cuerpos y todas las islas). Hay que tener especialmente en cuenta lo siguiente:


PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: se podrán presentar a partir del 22 de marzo y hasta el 5 de abril (ambos inclusive). Ojo, si alguien las ha presentado antes de tiempo guidado por informaciones erróneas de otro sindicato, deberá volver a presentar la instancia dentro del legal plazo.


OBLIGACIÓN DE PRESENTAR LAS INSTANCIAS: todos los que deseen figurar en las bolsas deberán presentar las instancias aunque esten trabajando. Recordemos que es gracias a esto se logra que en bolsa este sólo quien tiene que estar.


CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS: comprobar los requisitos exigidos y aportar la documentación necesaria para justificarlos. Ojo, en cuanto al requisito de examenes, la Gerencia exige haberse presentado o a las oposiciones de 2008 o a las del 2010.


MÉRITOS: se valora la antiguedad, titulación, informática y examenes superados de la oposición. Ojo, en cuanto a la valoración de examenes, la Gerencia valora los superados en las oposiciones de 2006 y 2008.


Si queréis que os remitamos la convocatoria, la instancia y un cuadro explicativo que os ayudará a cubrir algunas casillas de la instancia poneros en contacto con nosotros a través de los medios indicados a la derecha del blog.


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miércoles, 16 de marzo de 2011

Concurso de traslado

El Ministerio ha comunicado que el concurso de traslado 2011 para el personal funcionario se publicará en Abril incluyendo las plazas de Palma de Mallorca.


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sábado, 12 de marzo de 2011

Cursos Formación 2011 Ministerio Justicia

La Gerencia siguiendo su línea habitual de poner cuantas más zancadillas mejor, ha notificado a última hora de ayer viernes la apertura del plazo de presentación de instancias para los cursos de formación 2011.

No solo lo ha hecho tarde y mal sino que ha reducido notablemente el plazo para apuntarse FINALIZANDO EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS EL VIERNES 18.



A continuación os dejamos el listado de cursos por si quereis pedirlos:

Curso: Responsabilidad civil y penal en la función pública. Régimen disciplinario de los funcionarios de la A. De Justicia y su relación con la Ley de Protección de Datos.
En Palma,de 26 al 30 de septiembre de 2011, en horario de De 9 a 15 hrs.De lunes a viernes
En Palma, de 17 al 21 de octubre de 2011, en horario de 9 a 15 hrs.De lunes a viernes.
En Ciutadella, Del 19 al 28de septiembre, en horario de 16 a 20 horas los días salvo el 28 que termina a las 18 horas.


Curso: El proceso penal con especial atención a las últimas modificaciones procesales.
En Inca, del 17 al 21 de octubre de 9 a 14 horas salvo el último día que termina a la 13 horas.


Curso: Últimas modificaciones procesales civiles.
En Palma, del 2 al 6 de mayo de 2011, en horario de 9 a 15 horas.
En Manacor, del 11 al 15 de abril de 2011, en horario de 9 a 15 horas.
En Maó, del 2 al 11 de mayo de 2011, en horario de 16 a 20 horas salvo el último día que termina a las 18 horas.


Curso: Procesador de texto y horas de cálculo.
En Palma, del 23 al 27 de mayo de 2011, en horario de 9 a 14 horas salvo el último día que finaliza a las 13.
En Palma, del 30 de mayo a 3 de junio de 2011, en horario de 9 a 14 horas salvo el último día que finaliza a las 13.
En Ibiza, del 23 al 27 de mayo de 2011, en horario de 9 a 14 horas salvo el último día que finaliza a las 13.


Curso: El proceso penal con especial atención a las últimas modificaciones procesales.
En Palma, de 11 al 15 de abril de 2011, en horario de 9 a 14 horas salvo el último día que finaliza a las 13.
En Ibiza, del 11 al 15 de abril de 2011, en horario de 9 a 14 horas salvo el último día que finaliza a las 13


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miércoles, 9 de marzo de 2011

APERTURA BOLSAS DE INTERINOS EN BALEARES

La Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en Baleares, ha informado de que en próximas fechas procederá a la apertura de las bolsas de trabajo de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de las Islas Mallorca, Menorca e Ibiza-Formentera.

ES MUY IMPORTANTE QUE VAYAIS SACANDO LOS CERTIFICADOS DE PRESENTACIÓN DE EXAMEN Y LOS GUARDEIS A BUEN RECAUDO.

martes, 8 de marzo de 2011

La hipocresia electoral de los de siempre

Como cada año, siguiendo la línea demagógica de costumbre, el STAJ trata de atacar al resto de sindicatos por las subvenciones, lo que RESULTA CASI PATÉTICO es que ahora acusen a la UGT de ser un sindicato amarillo cuando hemos sido convocantes en todas las movilizaciones que han tenido lugar a lo largo del 2010 mientras que ellos no han hecho nada de nada, ni para combatir los recortes del 5%, ni para evitar la nefasta reforma laboral que permite que haya ETTs en toda la Administración.

Irónico o curioso resulta también que el STAJ manifieste renunciar a las subvenciones (que debido a su carácter de minoritario serían de escasa cuantía) pero mantenga la subvención en medios materiales, tanto con los despachos sindicales que financia el Ministerio, como con los equipos informáticos que financia el Ministerio, como por el material de oficina que financia el Ministerio, como por las reuniones del STAJ que financia el Ministerio, como por las dietas de desplazamiento y alimentación por acudir a mesas de negociación, que financia el Ministerio, como la línea telefónica en el local sindical que financia el Ministerio, como las fotocopias de las circulares y cuadernillos que reparten y salen de las fotocopias de los juzgados que financia el Ministerio, etc.

¿Según lo que dice el STAJ, morderán ellos la mano que les da de comer? Parece ser que no, porque frente a los ataques que hemos sufrido los empleados públicos no se atrevieron a moverse mientras que los delegados de UGT no paramos de convocar movilizaciones y difundir recursos entre todos los funcionarios.

¿No será más bien que el STAJ recibe más subvención pública a través de los bienes materiales que por las subvenciones y por eso no renuncia a ellos también? ¿No será que como son minoritarios en subvenciones no reciben prácticamente nada mientras que es mucha la inversión que se llevan en medios materiales?

Hipocresía electoral.

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miércoles, 2 de marzo de 2011

IMPORTANTE TRIENIOS INTERINOS

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REFORMA DE LA REFORMA PROCESAL



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