jueves, 8 de abril de 2010

El Euskera: mérito pero no requisito.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) de octubre de 2009 por la que decretó que el euskera sea considerado mérito para acceder a ciertas plazas de funcionario de Justicia, pero no requisito para ocuparlas, es firme, después de que el Gobierno de Patxi López haya renunciado a mantener el recurso de casación que presentó ante el Tribunal Supremo el Ejecutivo de Ibarretxe.

A través de un auto, la Sala tercera de lo Contencioso-administrativo del TS ha declarado «desierto» el recurso de casación planteado por el Gobierno vasco contra la resolución del TSJPV por la que declaraba nulos varios artículos del Decreto 152/2008 que regula el proceso de normalización lingüística de la Administración de Justicia en Euskadi.El alto Tribunal vasco estimó parcialmente la demanda del Abogado del Estado y anuló, en concreto, los artículos 3.A, el 4.1 en su inciso inicial, el 12.2 en su segundo inciso, el tercer párrafo del 3.B, el artículo 10.3, el inciso segundo del 10.2, y el primer inciso del 12.2, además del 18.1.B, el 3.E, y la disposición adicional tercera.