El pasado 7 de julio se reunió la subcomisión delegada de la Administración de Justicia para el ámbito del personal laboral.
A dicha reunión hemos asistido los representantes de UGT, y de lo resultado pasamos a daros la presente información, el Orden del Día, fue:
PRODUCTIVIDAD: Como todos sabéis este es un tema del cual venimos hablando reunión tras reunión, sin encontrar una solución definitiva a la percepción de las cuantías acordadas de una forma regular y clara.
Como todos sabéis se dictaron unas instrucciones por parte de la Administración que fue trasmitida por las Gerencia a los Órganos Judiciales, en las cual se pedía una certificación del responsable del Órgano de una series de horas a Justificar para poder cobrar esta productividad.
No todos los responsables de los órganos Judiciales, han sido receptivos a estas instrucciones poniendo la mayoría de ellos dificultades o negativas a extender esa Certificación, y en consecuencia no poder cobrar esta “PRODUCTIVIDAD”.
Por parte de las OO. SS., se ha expuesto esta situación en la reunión de la Subcomisión, expresándose por UGT de la necesidad de buscar una solución a esta situación.
La administración nos manifiesta que hasta el momento se han recibido unas 150 peticiones (Entre certificaciones y Declaraciones Juradas de los Trabajadores), que supone un importe de 4.788 €, las cuales percibirán probablemente el importe en la nomina del mes de Julio o Agosto, comprometiéndose así mismo al abono a todos los trabajadores que le corresponda, se halla o no solicitado la productividad, teniendo preferencia aquellos que lo soliciten o que se les certifique.
UGT insiste que si el documento de horas certificadas no está firmada por los responsables de los órganos judiciales, se abonen con una simple petición del trabajador, aceptando la administración que se atenderán las peticiones de los trabajadores sin que sea por medio de una Declaración Jurada.
En este sentido confeccionaremos desde UGT un modelo que sirva para todas las categorías, el cual os haremos llegar.
CALENDARIO LABORAL: Por parte de la Administración se hace entrega del Calendario Laboral, con las modificaciones que se plantearon en la reunión del mes de abril.
En referencia a la petición de UGT de que se añada un día más de asuntos propios por caer el día 1 de enero en sábado, el Ministerio oficiara a las Gerencias para que así se haga, igualmente se solicito que este Calendario estuviese expuesto en todos los centros de trabajo donde exista Personal Laboral, incluido los Juzgados de Paz, esta se compromete a trasmitirlo a las Gerencias.
En el Calendario se incluye la reducción de jornada de 5 días igual a la que tienen los funcionarios por fiestas locales.
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO: La oferta de empleo público de los años 2008-2010, solo asciende a 20 plazas, algo no solo ridículo, sino que además no cubre las necesidades de cobertura de los puestos de trabajo, como en las reuniones anteriores las OO.SS., volvimos a expresar la necesidad de sacar una OEP, que abarque a todas las plazas que no están cubiertas por Personal Fijo, estén o no cubiertas por contratados o interinos, garantizando estabilidad en el empleo y reduciendo las tasas de temporalidad a lo meramente necesario.
Dicha OEP, se publicaran el BOE del día 12 de Julio, según la Administración.
ADCRIPCION TEMPORAL: Por parte de la Administración se plantea la situación de una petición de adscripción temporal de una trabajadora que en la reunión de fecha 26 de octubre de 2010, no se tomo en cuenta ya que al ser de la Comunidad Autónoma de Murcia y estando esta Comunidad a punto de transferirse (Primeros de año 2011) no era posible iniciar los trámites para su adscripción temporal, pidiendo que se tome en consideración en esta reunión, ya que tenia las autorizaciones necesarias para ello. Planteándonos a las OO.SS. que pensamos de esta situación y si estaríamos a favor de su aprobación.
CC.OO. está a favor de que se apruebe esta adscripción temporal.
UGT, expone que en esa misma reunión existían peticiones de otros trabajadores en las mismas condiciones y además se iniciaría el procedimiento para que al amparo del art. 32.4 del III Convenio todos los trabajadores que lo desearan pudieran solicitar adscripción temporal a aquellas plazas vacantes (que no estuviesen cubiertas por fijo o temporal) hasta el 30 de Noviembre. (Acta 59 de al Subcomisión)
Situación esta que cambio en la siguiente reunión de fecha 13 de abril de 2011, donde la administración no da el informe favorable a las adscripciones temporales por no poder contratarse personal para cubrir las plazas en sustitución de los trabajadores que se les conceda una adscripción temporal.
UGT, está a favor de que se concedan todas las peticiones que existían en su momento y que se trate a todos los trabajadores de igual forma, y no en función de quien haga la petición o la apoye, estando de acuerdo con esta postura la CSIF.
PERMUTAS: Existe la solicitud de Permuta entre dos trabajadoras de la localidad de Valladolid, una con destino en la Audiencia Provincial y otra en el Decanato, por parte de las OO. SS., se acepta esta petición, quedando la administración pendiente de su trámite.
MOVILIDAD ART. 64.1: En primer lugar referenciaros que esta movilidad viene motivada por la disminución de la capacidad del trabajador para el desempeño de su actividad profesional.
En este sentido la Administración comunica la petición de dos trabajadores de movilidad a tenor de dicho art. (Uno de Guadalajara (Jefe de Mantenimiento)) y otra de Cáceres (Limpiadora)), en el primer caso se encuentra en proceso de valoración por parte de los equipos médicos, acordándose que una vez valorada medicamente al trabajador y si reúne las condiciones medica se conceda la solicitud cursada y el segundo caso, dado que la trabajadora en la actualidad se encuentra de IT, no se puede iniciar los trámites para la evaluación, en consecuencia se queda pendiente hasta tanto cese en su situación de IT.
REASIGNACION DE COMPLEMENTOS: Como bien sabéis existen muchas peticiones de Complementos A-2 y A-3 a la Subcomisión, siendo estos denegados una y otra vez por parte de la Administración, reiterando las OO.SS., la necesidad de dotas de estos complementos a aquellos puestos de trabajo que no lo tiene, máxime cuando existen entre las mismas categorías puestos que si lo tienen y puesto que no.
Por parte de la administración se propone, que aquellos puestos de trabajo que tienen un complemento y no están ocupados, estos sean reasignados en aquellos que no disponen de ello.
Aunque no parece un parche y que no soluciona el problema existente entendemos también que es inútil que esos complementos se pierdan en puestos no ocupados y que no sabemos cuándo se ocuparan, por lo que no vemos mal esta postura.
Se pide por parte de la Administración que se marque los criterios para la reasignación, UGT propone que:
Dentro de la misma Categoría, se asignen a los puestos de trabajo que más antigüedad tengan en la Administración de Justicia, y en caso de empate se mantenga la territorialidad
Quedando al final esta propuesta aceptada, con unas matizaciones, que se de preferencia a aquellos puestos que no cobren algún tipo de complemento y en caso de mantenerse el empate la antigüedad en la administración.
Hasta aquí el Orden del Día, pasando a plantearse cuestiones que estaban pendientes de reuniones anteriores,
La Admón., nos comunica que todos los aumentos de jornada solicitados, se han concedido con fecha 1 de Julio, por lo que desde esa fecha son efectivas.
Por parte de CSIF, se plantea la representatividad de las OO.SS., después del proceso electoral pasado, planteando una nueva distribución, por parte de la administración y de CC.OO. y UGT se le plantea que esta situación debe ser resuelta por la CIVEA que es quien delega y no por esta Subcomisión.
UGT planta distintas preguntas que viene realizando desde reuniones anteriores, a fin de ver cómo está la situación:
En la reunión de Abril/2011 se acordó remitir a la Comisión de Análisis de la Profesionalidad la realización de un estudio sobre posible clasificación en el grupo 3 a los Oficiales de Actividades Especificas, ¿Se ha remitido dicho estudio? La Admón. contesta que SI
En esa misma fecha por parte de UGT se entrego a la Admón. un documento en referencia al anteproyecto de funcionamiento de los Peritos Judiciales, a fin de que se nos informe al respecto, ¿Sabe la Admón., algo al respecto?, de momento se encuentra en la misma situación anterior, nada de nada.
Se entrega otra vez copia del documento, tanto a la Admón., como a cada sindicato.
UGT vuelve a solicitar la identificación de todo el personal laboral, especificando la categoría en algunos casos como peritos, psicólogos, educadores, la administración dice que la identificación la expide previa petición al Ministerio por el trabajador, aportando una fotografía.
UGT vuelve a reiterar la necesidad de incluir al personal laboral en el Portal del Empleado Público, en las mismas condiciones que los funcionarios y demás laborales de otros ministerios, eliminando así la discriminación en la que nos encontramos los laborales de justicia.
Como en reuniones anteriores se nos comenta que se está trabajando en ello y no pueden precisar cuánto tardaran en poder incluirnos.
UGT vuelve a reiterar la necesidad de saber de una vez por todas la situación del Personal Laboral en la NOJ, exigiendo a su vez que todas las modificaciones que se realicen en los puestos de trabajo y que afecten al personal laboral estas se comuniquen a los representantes legales y sindicales de los trabajadores, para así cumplir lo dispuesto en el Convenio Colectivo y evitar posibles repercusiones para el trabajador o la administración.
Por último y ante la situación que se están encontrando los Peritos y los Traductores con las comisiones de servicio y la premura con la que se le piden los servicios a prestar, UGT solicita de la administración que se busque formulas que aceleren la concesión de la comisiones de servicio o se habilite otro sistema.
La administración contesta que en cuanto llega la petición por fax, realiza la Comisión de Servicio, de todas formas aunque no esté la comisión de servicio por escrito el trabajador se encuentra en todo momento cubierto por encontrarse en acto de servicio cuando lo solicita el juzgado.
Seguiremos Informando.
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